Política de integridad

CÓDIGO DE ÉTICA PARA PROVEEDORES:

Cada área de Jenson Ponce Co. contrata a sus propios proveedores, quienes deben seguir ciertos lineamientos en su comportamiento y desempeño, lineamientos que asumió libremente. Jenson Ponce Co. elige los proveedores de acuerdo a sus parámetros de calidad, buscando brindar el mejor servicio y experiencia, trabajamos con proveedores que tengan los mismos valores que los nuestros.

Para ser proveedor de Jenson Ponce Co. debes:

1. Estar legalmente constituido.

2. Establecer relaciones de mutuo beneficio y de largo plazo.

3. Ser socio estratégico; basados en buenas prácticas comerciales y en el compromiso ético.

4. Tener un contrato firmado.

ALCANCE Y OBLIGATORIEDAD:

Todos nuestros proveedores están obligados a cumplir con su conducta y comportamiento a los principios contenidos en este Código de Ética y Conducta, en algunos casos las obligaciones continúan aún terminada la relación comercial.

Para hacer explícito este compromiso, los proveedores deben firmar el Código de Ética en el que se comprometen a aceptar y seguir estas reglas desde su ingreso.

 COMITÉ DE ÉTICA:

El Comité de Ética es responsable de asegurar la difusión y vigilar el apego al presente Código de Ética y Conducta, así como recibir, investigar y resolver denuncias. El Comité cuenta con las suficientes facultades para decidir sobre cualquier situación de incertidumbre que se produzca con la aplicación de este Código.

COMPORTAMIENTO ESPERADO DE LOS PROVEEDORES:

• Conocer y respetar los lineamientos establecidos en el presente Código de Ética

• Ratificar su compromiso con respecto a esta Política de Ética al momento de comenzar la relación laboral de proveedores, mediante la firma de la Declaración sobre Conflictos de Interés y del Compromiso sobre la Confidencialidad y Manejo de la Información.

• Cumplir con sus compromisos de manera honesta y responsable.

• Abstenerse de falsear hechos, información o documento alguno y cooperar con las investigaciones relativas a las infracciones que se puedan llegar a incumplir y declarar en todo momento la verdad.

• Proteger la información confidencial que reciban, independientemente del motivo por el cual se les haya proporcionado.

• Trabajar en equipo y tener una actitud de apoyo hacia nuestros colaboradores para lograr los objetivos de la relación comercial.

• Salvaguardar la imagen y reputación de la empresa.

• Tratar con dignidad y respeto a toda persona, sin discriminar por razones de características personales, preferencias sexuales, creencias religiosas, políticas, condición social o económica y no permitir el trabajo forzado o infantil.

• Respetar las preferencias y afiliaciones políticas de los demás, sin influenciar, intervenir o restringir su participación en temas políticos.

• Abstenerse de consumir, tener en posesión o vender alcohol, estupefacientes u otras sustancias prohibidas en las instalaciones de la empresa; así como presentarse bajo sus efectos.

• Cumplir y vigilar que se respeten las leyes, independientemente del tiempo, lugar o circunstancia en que se encuentren.

• Reportar todas las infracciones, inclusive sospechas de infracción a este Código. Cuando no se tenga certeza sobre alguna situación de posible infracción, deberán solicitar ayuda o realizar una consulta al Comité de Ética.

• Se espera que su comportamiento sea de forma ética actuando siempre de acuerdo con normas internas y externas, respetando los derechos humanos y laborales y absteniéndose de participar directa o indirectamente en cualquier concurso o licitación en los cuales existan indicios de corrupción.

• Reportar, erradicar y sancionar comportamientos que vayan en contra de las sanas prácticas de negocio, la libertad de mercado o el trato justo en los negocios para Proveedores.

SEGURIDAD EN EL TRABAJO:

Nuestros proveedores deben estar comprometidos con la seguridad de las personas en el trabajo y con mantener una cultura que incentive la prevención de riesgos. Deben cumplir con las leyes y procedimientos aplicables en materia de Seguridad y Protección Civil de acuerdo a su normatividad local, asimismo contar con programas para garantizar que todas sus actividades, incluyendo las peligrosas y de alto riesgo, se ejecuten con las medidas de seguridad necesarias, además de tener establecidas normas internas de conducta, facilitar entornos de trabajo saludables y promover que no se realicen acciones que pongan en riesgo la integridad física o que dañen o afecten a las personas.

CONFLICTOS DE INTERÉS:

Los proveedores deben evitar verse involucrados en situaciones que pueden originar un conflicto de interés con la empresa, en caso de que hubiera un conflicto de interés el proveedor deberá declararlo.

Existe un conflicto de interés cuando los proveedores realicen alguna de las siguientes acciones o conociéndolas, no las reporten:

• Realicen operaciones con clientes, competidores, proveedores o colaboradores de las empresas, fuera de una relación comercial sana, con el propósito de obtener un beneficio personal para ellos, para algún familiar o para terceros, dañando los intereses de Jenson Ponce Co.

• Otorguen o soliciten préstamos a colaboradores de Jenson Ponce Co.

• Siendo ex-funcionario de la empresa (director o Gerente) de la empresa y sin contar con la autorización de la Dirección General, provean bienes o servicios.

Tener conocimiento de la existencia de una relación familiar entre colaboradores de ambas partes, y no lo notifiquen por escrito al Comité de Ética antes o durante la relación comercial

• Todo proveedor que descubra una situación de conflicto de interés o un potencial conflicto de interés, debe hacerlo del conocimiento en forma a través del Comité de Ética (a través de nuestros canales, detallados al final del código)

PREVENIR Y EVITAR EL SOBORNO Y LA CORRUPCIÓN: CERO TOLERANCIA

La empresa se enorgullece de conducir todas sus operaciones y relaciones de negocio de forma ética. Por ello se ha establecido una política de cero tolerancia ante el soborno y la corrupción; de acuerdo con la cual, todas las operaciones comerciales realizadas con sus proveedores deben apegarse a las leyes vigentes en materia de soborno y corrupción. Está prohibido que los proveedores, cuando actúen en representación de la empresa, o con los instrumentos, recursos o herramientas proporcionadas por la empresa:

● Sobornen a funcionarios públicos, colaboradores de la empresa y/o a cualquier otro tercero o incurran en actos de corrupción (incluyendo la gestión de autorizaciones, permisos y concesiones para la realización de proyectos o eventos, o en actividades de evaluación, inspección o rendición de cuentas de cualquier tipo

● No deben entregar gratificaciones económicas o regalos, otorgar servicios o privilegios, asumir deudas u obligaciones a ningún funcionario público o privado en nombre de la empresa, para obtener una ventaja indebida, una decisión incorrecta o la evasión del cumplimiento de una disposición legal, administrativa o judicial.